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Los útiles escolares no son deducibles ante el SAT, pero hay dos gastos por servicios educativos que sí puedes deducir
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Estos son los gastos escolares que puedes deducir de impuestos ante el SAT

Los útiles escolares no son deducibles ante el SAT, pero hay dos gastos por servicios educativos que sí puedes deducir

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Autor: Agencias
12 de agosto de 2024 a las 07:43 · 1419 Vistas · 2 min de lectura

 

Ciudad de México; 12 de agosto.- Con el regreso a clases a la vuelta de la esquina, muchos padres y madres de familia están preparando el presupuesto para adquirir útiles escolares, uniformes y otros insumos necesarios para el ciclo escolar.

En medio de estos gastos, es importante tomar en cuenta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite deducir algunos gastos escolares, por lo que al presentar su próxima declaración podría ayudar a que reciban un saldo a favor.

El SAT permite a las y los contribuyentes deducir en su declaración anual los pagos por concepto de colegiaturas de educación básica y media superior, siempre que estos pagos se realicen en instituciones privadas autorizadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Los montos máximos deducibles varían según el nivel educativo:

–Preescolar: Hasta $14,200 MXN anuales.
–Primaria: Hasta $12,900 MXN anuales.
–Secundaria: Hasta $19,900 MXN anuales.
–Profesional técnico: Hasta $17,100 MXN anuales.
–Bachillerato o su equivalente: Hasta $24,500 MXN anuales.
Requisitos para la deducción:

Debes contar con facturas electrónicas emitidas a nombre del contribuyente que realiza el pago.

Además, los pagos deben realizarse mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o transferencia bancaria. No se aceptan pagos en efectivo para efectos de deducción.


Deducción del Transporte Escolar

El transporte escolar también es deducible cuando es obligatorio para todos los estudiantes, según lo establezca la institución educativa, y siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos:

–Factura electrónica: Emitida por el prestador del servicio a nombre del contribuyente.

–Pago: Realizado por medios electrónicos, como tarjeta de crédito, débito, transferencia bancaria, o cheque nominativo.

Es importante resaltar que las deducciones no incluyen otros conceptos como inscripciones, útiles escolares, uniformes, o materiales adicionales. 

 

 

 

 

Con información de: Aristegui Noticias

 

 

 

 

 

 

vcf

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